Se trata de una acción de daños y perjuicios iniciada por un hombre que manifestó haber sido captado por el satélite de la empresa cuando se encontraba desnudo en su domicilio. El juez rechazó la demanda, concluyendo que el actor debía hacerse cargo de su conducta inmoral, y no las demandadas.
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil de la Capital Federal condenó a Google a pagar una indemnización de tres millones de pesos por publicar en “Street View” la foto de un hombre desnudo en el patio de su casa. El fallo destaca la responsabilidad objetiva por la actividad que despliega esta plataforma digital y reafirma el derecho constitucional a la intimidad del usuario.